El Tribunal Constitucional avala la ley de eutanasia al considerarla regulada “en un contexto de sufrimiento”

Nueve de los magistrados que forman el pleno han votado a favor de desestimar el recurso que había presentado Vox contra la norma.

Redacción PD

MADRID · 22 DE MARZO DE 2023 · 16:50

La sede del Tribunal Constitucional en Madrid. / K3T0, Wikimedia Commons.,
La sede del Tribunal Constitucional en Madrid. / K3T0, Wikimedia Commons.

La ley de eutanasia está amparada por la Constitución. Es la conclusión a la que ha llegado el pleno del Tribunal Constitucional, después de que nueve magistrados hayan votado a favor de desestimar el recurso que había presentado Vox contra la norma. Solamente dos jueces han votado a su favor.

La institución ha justificado la desestimación del recurso presentado por la formación política asegurando que la norma establece que la decisión sea de carácter “autónomo” y “fundamentada en el conocimiento [del paciente] sobre su proceso médico después de haber sido informada adecuadamente por el equipo sanitario responsable”.

El rechazo al recurso de inconstitucionalidad de Vox ha provocado que se desestime automáticamente el recurso que también había interpuesto el PP después. “La decisión libre y consciente de poner fin a la vida constituye una expresión de la autonomía personal que le es inherente”, han remarcado los magistrados. 

“La tesis absolutizadora de la vida no es compatible con la Constitución”

La norma, dicen los jueces del Tribunal Constitucional, limita el ejercicio de la eutanasia al control médico “en un contexto de sufrimiento debido a una enfermedad o padecimiento incurable que no ha podido ser mitigado por otros medios”. 

En este sentido, el magistrado Ramón Sáez, encargado de la ponencia contra el recurso que pesaba sobre la ley, ha asegurado que la norma del gobierno trata de “hacer compatibles derechos y principios constitucionales con las debidas garantías”.

En un comunicado de prensa, desde el Tribunal Constitucional señalan que “no cabe aceptar el marco de análisis que proponen los recurrentes de considerar única y aisladamente el derecho fundamental a la vida”. “En un contexto eutanásico se produce una grave situación de tensión entre la libertad y dignidad de la persona y su vida, derechos y principios constitucionales que pertenecen a la misma persona, a diferencia de los conflictos intersubjetivos ordinarios entre derechos fundamentales”, consideran los jueces.

Además, añaden que “el derecho a la vida del artículo 15 de la Constitución se configura como un derecho a la protección de la existencia física de la persona, y comporta para los poderes públicos deberes negativos de abstención y positivos de protección, frente a ataques de terceros”.

“El Tribunal argumenta que tal configuración no permite atribuir al derecho a la vida un valor absoluto, ni que imponga al Estado un deber de protección individual que implique un paradójico deber de vivir, ni impide el reconocimiento constitucional de la facultad de la persona de decidir de manera autónoma sobre la propia muerte en situaciones de sufrimiento causado por una enfermedad incurable, médicamente constatada, y que el paciente experimenta como inaceptable. La tesis absolutizadora de la vida no es compatible con la Constitución”, agregan.

Respuesta evangélica a la ley de eutanasia
La ley de eutanasia fue aprobada el 18 de marzo de 2021 y entró en vigor el 25 de junio del mismo año, después de un debate político que a algunos les supo a poco y en el que se acabó ignorando las recomendaciones de organismos y voces autorizados en la materia, como el Comité de Bioética de España, cuya composición, por cierto, fue reorganizada después de la entrada en vigor de la ley.

Después del primer año, los datos oficiales registraban un total de 180 casos practicados en todo el Estado. Rosa Suárez, especialista en cuidados paliativos y evangélica, señalaba que el debate no se había realizado con la profundidad con la que se debería” y recordaba que “el objetivo de los cuidados paliativos es destacar la vida”.

Antes de la aprobación de la norma, la Alianza Evangélica Española ya había manifestado su rechazo de la regulación admitiendo que en estos campos pueden existir “casos límite excepcionales que requieran una vía excepcional”, pero señalando que “no deben ser abordados desde una Ley general”. Además, denunciaban la falta de desarrollo de un sistema de cuidados paliativos con garantías: “Entendemos que esto no supone un trato compasivo ni digno con dichas personas”. Tras la aprobación de la norma, la entidad volvió a pronunciarse señalando que “la eutanasia tiene el riesgo de tender a flexibilizarse”.

Las conclusiones de las IV jornadas evangélicas de Bioética celebradas en diciembre de 2022 dedicaban un punto a la eutanasia expresando que “toda persona tiene derecho a recibir un cuidado integral, lo que incluye el apoyo y acompañamiento médico, emocional y espiritual hasta el momento de su muerte. Consideramos ética y legítima la adecuada limitación del esfuerzo terapéutico (antiguo concepto de evitar el “encarnizamiento terapéutico”), pero en ningún caso la eutanasia”

“Evidenciamos con preocupación la conocida como “pendiente resbaladiza” incluyendo cada vez más supuestos en las opciones a la eutanasia, aplicándose a cada vez más pacientes que no sufren enfermedades terminales”, añade el texto.

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