Casiodoro de Reina: traductor bajo persecución (II)

Para los críticos de Reina su Confesión era ambigua, según la particular ortodoxia de quien lo juzgara desde una de las familias confesionales protestantes que se estaban consolidando en la segunda mitad del siglo XVI.

30 DE NOVIEMBRE DE 2019 · 21:00

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Entre los documentos para fundamentar la solicitud con el fin de iniciar la Iglesia española, Casiodoro de Reina presentó en enero de 1560/1561 la Confesión de fe christiana, hecha por ciertos fieles españoles, los quales, huyendo [de] los abusos de la iglesia Romana y la crueldad de la Inquisitión de España, dexaron su patria, para ser recibidos de la Iglesia de los fieles, por hermanos en Christo. La escribió en latín y en 1577 la publicó en español, “para que su confesión de fe llegara a España (en secreto, obviamente) y para animar y edificar a los pocos protestantes españoles que permanecían allí” (Messmer, 2019: 2-3, Kinder, 1978). [1]

En la edición de 1577, cuando ya estaban bien diferenciados los grupos confesionales, Reina consideraba que su Confesión comprendía “todos los artículos o fundamentos de nuestra religión, que el mundo ahora llama luterana, nueva, herética, etc.; y nosotros cristiana, antigua, católica, tan necesaria a los hombres, que fuera de ella no haya salud” (Reina, 1577: 15). 

Para los críticos de Reina su Confesión era ambigua, según la particular ortodoxia de quien lo juzgara desde una de las familias confesionales protestantes que se estaban consolidando en la segunda mitad del siglo XVI. Acerca de la Trinidad, la que aceptaba con ciertos matices conceptuales, Reina afirmó: “creemos hallarse estas tres personas en la misma substancia, naturaleza y esencia de un Dios”, sin embargo, acotaba, que las palabras trinidad y persona “no se encuentran en las Escrituras”. Apuntó que la enseñanza sobre la Trinidad surgió en un momento histórico de confrontación doctrinal, realidad que le hizo conformarse “con toda la Iglesia de los píos”, por lo cual admitió “los nombres de Trinidad, y de persona, de los cuales los Padres de la Iglesia antigua usaron, usurpándolos (no sin gran necesidad) para declarar lo que sentían contra los errores y las herejías de sus tiempos acerca de este artículo”.

Otro apartado de la Confesión que le atraería problemas a Reina fue el relativo al bautismo, sobre todo el punto tercero, donde escribió: “Y aunque no haya expresa mención en la Divina Escritura que el bautismo se dé a los niños antes que tengan uso de razón, nos conformamos empero con la Iglesia del Señor, que tiene por más conforme a la misma Escritura dárselo que dejar de dárselo, pues que por beneficio del Señor, y por su promesa, no menos pertenecen a su alianza que los Padres”. 

Como bien observa Jorge Ruiz Ortiz, resumiendo las consideraciones de A. Gordon Kinder, estudioso inglés y profundo conocedor de la biografía y obra de Casiodoro de Reina, la Confesión es 

Un documento 1) de carácter bíblico y práctico, 2) por su forma y contenido, muy personal, y 3) problemático desde el punto de vista doctrinal. Esta última característica es sin duda la más destacable de la obra. Podemos afirmar que Reina hace gala de una marcada ambigüedad doctrinal, una ambigüedad doctrinal que podría haber pasado inadvertida en nuestros días, pero que ciertamente la Reforma del siglo XVI no estaba ni preparada ni dispuesta a admitir. No es sorprendente constatar que, por todas estas razones, la confesión de Reina no haya podido convertirse en un documento doctrinal válido para la Iglesia. Más bien sucedió lo contrario: en su día generó una fuerte polémica y con el tiempo, ha pasado al olvido” (Ruiz Ortiz, 2003: 2).  

La mencionada ambigüedad doctrinal de Reina le atrajo la animadversión de las iglesias de extranjeros existentes en Londres, “ya que todas eran calvinistas” (Rosales, 2002: 102). Nicolás des Gallars ex secretario de Juan Calvino, estaba en Londres desde 1560, llegó enviado por el consistorio de Ginebra para organizar la Iglesia francesa en la ciudad, donde permaneció hasta 1563. En 1564 recibió el nombramiento pastoral de la Iglesia calvinista de Orleans (Moreno, 2017: 255). La relación de Reina con Gallars era, por decir lo menos, tensa debido a las críticas levantadas por el español a Calvino.   

Además sus adversarios lo acosaban por haber cultivado contacto “con dos excluidos de la Iglesia reformada: el holandés Adriaan Haemstede [y] el italiano Acontius” (Ruiz Ortiz, 2003: 4). El primero, al igual que Reina, había defendido el derecho de los anabautistas a mantener sus creencias y sostenía que no debían ser perseguidos. Por su parte Acontius, estuvo de parte de Sebastián Castelio en la controversia que sostuvo con Calvino. Adicionalmente, Reina se dio tiempo en Londres para “profundizar la lectura de los grandes teólogos reformados, Lutero, Calvino, Zwinglio, pero también la de los hombres de la Reforma radical, como Velsius, Schwenckfeld y Osiander”. [2] Debió responder a las presiones de sus críticos y adversarios, por lo que   

El 22 de octubre de 1560 Reina apareció ante el Consistorio Francés en representación de sus hermanos, pidiendo permiso para que pudieran hacer una pública confesión de fe ante la congregación en su totalidad, puesto que se sospechaba que defendían los puntos de vista de Servet con respecto a la Trinidad. La sospecha había surgido porque uno de sus hermanos había dicho que la palabra Trinidad  no se encontraba en la Biblia. Con toda tenacidad Reina se negó a que se le obligase a declarar el nombre de la persona responsable.

     […] Además, Casiodoro expresó su disgusto por el trato que sus paisanos habían recibido a manos de Calvino y se mostró abiertamente amistoso con aquellos hombres que habían merecido la desaprobación de los celosos guardianes de la ortodoxia ginebrina dentro de las Iglesias de Forasteros, quienes por esta época parecían ser más calvinistas que el mismo Calvino (Kinder, 1978: 367).

En 1561 Reina contrajo matrimonio por segunda ocasión, la desposada fue Anna, “hija de un comerciante converso de origen español residente en Frankfurt, Abraham de León, de Nivelles, cerca de Bruselas”. No hay información acerca de su primer matrimonio. (Moreno, 2017: 114; Kinder, 1975: 25). Ambos procrearían varios hijos. 

El Coloquio de Poissy, cerca de París, inició el 9 de septiembre de 1561. Lo convocó la regenta de Francia, Catalina de Medici, con el fin de encontrar una salida negociada al conflicto entre protestantes y católicos y así evitar escalara el enfrentamiento. Asistieron por el bando protestante, entre otros, Teodoro de Beza, Pedro Mártir Vermigli y Nicolás de Gallars. El Coloquio fue disuelto a mediados de octubre, las partes produjeron dos pronunciamientos insignificantes. En el primer mes de 1562 Catalina publicó un edicto que daba restringida libertad religiosa a los hugonotes. En marzo, encabezada por los Guisa se desató la masacre contra los protestantes en                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                   Vassy (Hillerbrand, 2004 vol. 3: 1792; McCulloch, 2004: 293-294).

Desde Londres viajó Reina para estar presente en el Coloquio de Poissy, posiblemente invitado por el líder hugonote francés Gaspar de Coligny a sugerencia de Antonio del Corro, quien se encontraba en Francia (Moreno, 2017: 115). Sabiendo los espías españoles que Reina tendría que regresar a Inglaterra, dispusieron vigilantes en los puertos de Gravelingas, Dunquerque y Cales. Casiodoro evadió a quienes deseaban capturarlo y llegó a Londres en diciembre de 1561 (Kinder 1990: 73).

De enero de 1562 a finales de agosto de 1563 Reina pudo desarrollar su ministerio pastoral y docente, además de la traducción de la Biblia al español, sorteando las críticas y hostigamientos de quienes lo consideraban cercano a las ideas teológicas de Miguel Servet y sospechaban de sus nexos con personajes que mantenían distancia de los reformadores magisteriales. [3] El ambiente se le tornó completamente adverso cuando se le acusó de engaño, herejía, adulterio y sodomía. Para enfrentar los cargos se presentó el 31 de agosto ante el consistorio de la Iglesia francesa en Londres (Kinder, 1975: 29). 

Los señalamientos contra Casiodoro y el proceso en el consistorio de la Iglesia francesa los expone detalladamente Arthur Gordon Kinder en su obra clásica sobre el reformador español, la cual fue escrita en inglés y permaneció casi cuatro décadas y media sin ser traducida al castellano. La omisión ha sido subsanada recientemente al ser publicada la obra en el idioma de Reina (Kinder, 2019). Lo que sigue es un resumen de lo expuesto por Kinder, quien a su vez se basó en dos extensas cartas de Jean Cousin escritas 8 y 9 de agosto de 1572. Las misivas fueron redactadas para responder la solicitud de información sobre Casiodoro por parte de Jean Salvard y Theophile de Banos, ministros de la iglesia de refugiados de Frankfurt.

El erudito inglés narra que Francisco Ábrego le confió información comprometedora sobre Casiodoro a Baltasar Sánchez, quien a su vez la compartió con Ángel Víctor y ambos a Gaspar Zapata. Los cargos eran graves: haber defraudado 200 libras, relaciones indiscretas con la esposa de Jean de Bayonne y sodomizar a su hijo del mismo nombre. La sodomía entonces era entendida como actos homosexuales consumados. Los acusadores hicieron correr la versión de que Reina antes de su matrimonio habría tenido relaciones con Jean de Bayonne hijo.

En los días previos a una nueva sesión del consistorio Reina decidió hacer un alto en su ministerio pastoral y reanudarlo cuando demostrara ser inocente. En tanto la contraparte informó a Jean de Bayonne de la conducta de Reina con su esposa e hijo. También el grupo acusador reunió al joven Bayonne con Reina y éste último sostuvo que no había cometido abuso alguno. El 7 de septiembre otra vez compareció Casiodoro ante el consistorio puntualizando que había informado al obispo de Londres, Edmund Grindal, del asunto contra él y le concedió elegir personas de buena reputación para que examinaran las acusaciones. Reina nombró a Miles Coverdale, William Whittingham y Withemme. 

Coverdale tradujo la Biblia al inglés, aunque no de sus idiomas originales sino que se basó en la Biblia alemana de Lutero y la Vulgata latina de San Jerónimo, la Biblia de Zúrich y el Nuevo Testamento de William Tyndale. La traducción de Coverdale fue publicada en Amberes, en 1535. En 1558 es uno de los refugiados ingleses en Ginebra a causa del régimen persecutorio de la reina María contra los protestantes. Durante la estancia ginebrina colaboró en la traducción de la Biblia de Ginebra (obra de los exiliados ingleses y publicada en 1560). Regresó a Inglaterra en 1559 (Brake, 2008: 113-117; Hillerbrand, 2004 vol. 1: 868).

El otro examinador del caso propuesto por Reina, William Whittingham, asilado en Ginebra publicó allí, en 1557, la revisión que hizo del Nuevo Testamento que tradujo del griego al inglés William Tyndale, publicado en Worms, Alemania, en 1526. Whittingham era experto en griego, además adoptó en el Nuevo Testamento de 1557 la división de versículos que el impresor Robert Estienne (Stephanus) introdujo en la edición que hizo del Nuevo Testamento en griego en 1551. Whittingham estaba casado con la hermana de la esposa de Juan Calvino, Idelette de Bure (Brake, 2008: 101, 147). Del tercer revisor de las acusaciones contra Reina, Withemme, no hay datos más allá que el apellido consignado en el expediente. 

Reina escribió una larga misiva, en latín, al obispo Grindal, quien el 8 de septiembre nombró a seis examinadores para que investigaran los señalamientos contra Reina: “Jean Cousin, ministro de la iglesia de refugiados franceses; Johannes Utenhovius, ministro de la iglesia flamenca; el reverendo Robert Crowley, de la iglesia de St. Peter; el reverendo James Young, de St. Bartholomew; Antoine Capelle y Jean Hettié, ancianos de la iglesia francesa” (Kinder, 2019: 64). Al siguiente día los comisionados escucharon a Reina, en su alegato rechazo las acusaciones. El 13 fue el turno de Sánchez, Zapata, Ángel Víctor y Ábrego, a quienes se agregó Jeremías Ackerman. El interrogatorio versó acerca de las creencias doctrinales de Reina

El viernes 17 de septiembre la sesión estuvo enfocada al asunto de la presunta sodomía de Reina. Los comisionados requirieron a los denunciantes para que entregaran sus dichos por escrito el 21, mismo día cuando ellos enviaron aviso a Casiodoro para que compareciera después de la cena. No lo encontraron en su casa ni en algún otro lugar. El 23 se supo que había escapado de Londres. Cousin y Utenhovius escribieron cartas y las enviaron a distintas personas señalando la inmoralidad de Reina, pese a que no tuvieron evidencia del abuso pretendidamente consumado contra Jean de Bayonne, a quien su padre envió a ultramar. Los comisionados no quisieron recibir testimonios del padre de Casiodoro, tampoco de Francisco de Farías, superior de Reina en San Isidoro del Campo. 

 

Notas

[1] En 1978 A. Gordon Kinder “publicó una edición de la Confesión española de Reina que había encontrado en una publicación bilingüe alemán-español que data de 1601; aunque por desgracia la edición de 1601 es diferente de la de 1577 de forma sustancial” (Messmer, 2019: 3).

[2] Del segundo de estos reformadores reproducen escritos John Howard Yoder (2016: 407-418), así como George H. Williams y Ángel M. Mergal (1957: 161-181). 

[3] El término reformadores magisteriales lo uso en el sentido definido por George H. Williams, cuando se refiere “a los protestantes clásicos de la Reforma Magisterial encabezada por Martín Lutero, Juan Calvino y Tomás Cranmer […] Reforma Magisterial [designa] las iglesias establecidas del protestantismo clásico, así las territoriales como las nacionales (en oposición a las sectas, comunidades e iglesias voluntarias de la Reforma Radical). El adjetivo ‘magisterial’ procede de la palabra magistratus o sea la magistratura (concejales, príncipes y reyes) y no de la palabra magisterium, o sea la autoridad magistral, y se refiere, en consecuencia, a la manera como se establecieron y se mantuvieron gubernamentalmente en el siglo XVI las tres formas principales del protestantismo clásico” (Williams, 1983: X).

 

Referencias bibliográfica:

Brake, Donald L. (2008): A Visual History of the English Bible. Grand Rapids: Baker Books.

Hillerbrand, Hans J. (editor) (2004): The Encyclopedia of Protestantism. 4 vols. Nueva York-Londres: Routledge.

Kinder, Arthur Gordon (1975): Casiodoro de Reina: Spanish Reformer of the Sixteenth Century. London: Tamesis Books Limited.

Kinder, Arthur Gordon (1978): “La Confesión española de Londres, 1560/1561”, en Diálogo Ecuménico, t. XIII, núm. 48, Universidad Pontificia de Salamanca, pp. 365-420.

Kinder, Arthur Gordon (1990): “Un documento interesante sobre la persecución de herejes en Flandes: los gastos del contador Alonso de Canto entre 1561 y 1564”, en Diálogo Ecuménico, t. XXV, núm. 81. Universidad Pontificia de Salamanca, pp. 67-86.

Kinder, Arthur Gordon (2019): Casiodoro de Reina. Reformador español del siglo XVI. Madrid: Sociedad Bíblica de España.

Messmer, Andrés, (2019): “Introducción”, en Reina, Casiodoro de, Declaración o Confesión de fe (1577). s/l: s/e. 

MacCulloch, Diarmaid (2004): The Reformation. A History. Nueva York: Viking Penguin.

Moreno, Doris (2017): Casiodoro de Reina. Libertad y tolerancia en la Europa del siglo XVI. Sevilla: Centro de Estudios Andaluces.

Reina, Casiodoro de (1577): Confesión de fe christiana, hecha por ciertos fieles españoles, los quales, huyendo [de] los abusos de la iglesia Romana y la crueldad de la Inquisitión de España, dexaron su patria, para ser recibidos de la Iglesia de los fieles, por hermanos en Christo, edición de Messmer, Andrés (2019), s/e: s/l, pp. 13-77.

Ruiz Ortiz, Jorge (2003): “La Confesión de Fe de Casiodoro de Reina, ¿Una Confesión reformada?”, Aletheia, núm. 2. La versión citada es en documento de Word y su paginación es distinta a la publicada en la revista.

Williams, George H. (1983); La Reforma radical. México: Fondo de Cultura Económica.

Williams, George H. y Mergal Ángel M. (1957): Spiritual and Anabaptist Writers. Documents Illustrative of the Radical Reformation. Filadelfia: The Westminster Press.

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