Derechos humanos y derechos de Dios
En 1789 la Asamblea Nacional francesa adoptó el texto denominado Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano, por el que se reconocían legalmente los derechos que asisten a toda persona y que serviría de fundamento para las constituciones democráticas que paulatinamente se irían abriendo paso en otras naciones europeas hasta llegar a la Carta de San Francisco, documento fundacional de las Naciones Unidas firmado el 26 de junio de 1945
10 DE ENERO DE 2013 · 23:00
Al otro lado del Atlántico y simultáneamente en el tiempo con la declaración de la Asamblea Nacional francesa los recién nacidos Estados Unidos de América promulgaron la Constitución y el Bill of Rights, en los que quedaban salvaguardados igualmente los derechos humanos.
En el curso del tiempo ha habido una proliferación y especificación de tales derechos, de modo que se hizo preciso detallarlos, dependiendo de los colectivos a los que fueran dirigidos.De esa multiplicidad surgieron los derechos del niño, del soldado, de la mujer, del consumidor, del trabajador, del estudiante, del homosexual, del emigrante, etc., y hasta de los animales.
Todo ese incremento de derechos, cuyo objetivo primordial era defender a tales colectivos de arbitrariedades y abusos, ha llegado a crear una mentalidad generalizada en la que ha quedado poco sitio para la responsabilidad, creándose un peligroso desequilibrio consistente en la abundancia de derechos y en la escasez o inexistencia de responsabilidades, algo a lo que la naturaleza humana es propensa.
Hasta tal punto ha llegado esta marea creciente de los derechos que incluso algunos de ellos en realidad no son sino negaciones de los derechos fundamentales de otros, como es el derecho a abortar, o adulteraciones de nociones capitales, como es el derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo.
De este modo, lo que comenzó siendo una reacción ante los evidentes atropellos por parte de los poderosos hacia los débiles, ha terminado, por la ley del péndulo, convirtiéndose en un atropello hacia el propio concepto del derecho.
Pero en la lista de derechos a ser tenidos en cuenta y entre los destinatarios de los mismos nadie habla de alguien que es sujeto de ciertos derechos. Es más, se trata de alguien del que emanan todos los derechos humanos rectamente entendidos, por lo cual es preciso prestarle atención no sea que nos desviemos a lo tortuoso.
He aquí una relación de algunos de tales derechos:
1. Dios tiene derecho a ser reconocido. Es propio de la criatura reconocer a su Creador y dado que no nos hemos hecho a nosotros mismos sino que nuestra existencia es un préstamo bondadoso que nos ha concedido, es de justicia que así lo reconozcamos y se lo agradezcamos.
2. Dios tiene derecho a ser adorado y servido.La adoración es más que reconocimiento, porque supone el sometimiento y la entrega del corazón. Es la devoción más elevada en la que ninguna faceta de la personalidad queda exenta. El servicio es la consecuencia de tal devoción.
3. Dios tiene derecho a ser amado. Hay personas que merecen una estima y consideración que se traduce en amor por causa de su posición y labor, tal como un padre o una madre. Del mismo modo, el Padre por excelencia merece el amor de quienes son objeto de su benevolencia.
4. Dios tiene derecho a ser obedecido. No es una opción que se le pueda conceder o negar, sino una obligación ineludible por nuestra parte.
5. Dios tiene derecho de soberanía. Al ser el autor de todas las cosas se sigue que su soberanía es absoluta sobre todas ellas, pudiendo disponer de las mismas según su beneplácito. Nadie más es soberano, por la sencilla razón de que las criaturas por definición son seres finitos y limitados.
6. Dios tiene derecho de gobierno. Se desprende de su soberanía y no ha renunciado al mismo, siendo su propósito inmutable instaurar su dominio sobre todas las naciones y reinos.
7. Dios tiene derecho de juzgar. Al ser la fuente de la justicia y amante de la misma detesta la iniquidad y sustenta lo recto. Por tanto, es razonable que remunere lo bueno y castigue lo malo.
8. Dios tiene derecho de legislar. Por eso promulga leyes, que son la expresión de su justicia, para que vivamos conforme a ellas.
9. Dios tiene derecho de salvar. Gracias al ejercicio del mismo es por el que todos aquellos que vienen a Jesucristo en arrepentimiento y fe reciben perdón y salvación.
Al igual que los derechos humanos, rectamente entendidos, son inalienables, así lo son también los derechos de Dios. Es decir, si no hay potestad que pueda legítimamente despojar a ningún ser humano de los derechos que le son propios por naturaleza, tampoco hay ninguna potestad que legítimamente pueda despojar a Dios de los suyos.
Si toda negación de los derechos humanos legítimos es una agresión contra la dignidad de la persona, cualquier negación de los derechos de Dios es una agresión contra su honor y gloria. Si la transgresión de los derechos humanos merece ser castigada por ser una violación de algo natural, la transgresión de los derechos de Dios merece castigo por ser una violación de algo sagrado.
Lo que caracterizó a los profetas es que predicaron celosamente los derechos de Dios, siendo subsidiarios de los mismos los derechos humanos, y denunciaron invariablemente su desprecio por parte de los gobernantes y el pueblo. Algo que les costó la persecución e incluso la vida. Que sigamos en sus pasos, en medio de esta generación negadora de los derechos de Dios.
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