El Supremo deniega la ‘casilla evangélica’ en la declaración de la renta

El tribunal confirma el 'no' de la Audiencia Nacional, aunque el Ministerio de Justicia promete estudiar un nuevo convenio que daría una casilla a cada una de las siete confesiones religiosas minoritarias con notorio arraigo en España.

Redacción PD

Expansión, El País · MADRID · 02 DE ENERO DE 2017 · 18:06

Sede del Tribunal Supremo, en Madrid.,tribunal supremo
Sede del Tribunal Supremo, en Madrid.

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Nacional en el caso del recurso interpuesto por la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (Ferede) contra el Ministerio de Hacienda por su negativa a la petición de una casilla propia para la confesión evangélica en la Declaración de la Renta de Personas Físicas (IRPF).

La federación evangélica, interlocutora oficial de la comunidad evangélica en España con el Gobierno, había pedido la inclusión de una casilla que los ciudadanos pudiesen marcar para destinar un 0,7% del impuesto de la Renta anual a sus fines, como sucede en la actualidad con la Iglesia Católica.

La Ferede exponía en el recurso abierto contra el Ministerio de Hacienda que se estaba vulnerando el derecho de igualdad ante la ley, la libertad ideológica o religiosa, la aconfesionalidad del Estado y el derecho a que se tengan en cuenta las creencias religiosas ajenas a la católica.

Sin embargo, la Audiencia Nacional dio la razón al Gobierno en su negativa a poner una “casilla evangélica”. El órgano jurídico estimó que el establecimiento de un mecanismo como el pedido por los protestantes requeriría de un convenio entre el Estado y la instancia representativa de las confesiones religiosas que lo pretenden y que la Administración no puede establecerlo de manera unilateral.

El Tribunal Supremo ha explicado que la respuesta ofrecida por Hacienda a Ferede satisface los derechos de esta organización evangélica y no vulnera de ninguna manera ni el artículo 29 de la Constitución, que reconoce el derecho de petición, ni la Ley Orgánica que lo regula.

La sentencia de la Audiencia Nacional llegó en junio de 2015, a la que el organismo protestante presentó un recurso ante el Tribunal Supremo, que ha confirmado la actuación judicial un año y medio después.

 

UN NUEVO CONVENIO, EN LA AGENDA DEL GOBIERNO

En la sentencia de la Audiencia Nacional se pronunciaba la necesidad de que para establecer un mecanismo recaudatorio como el que solicita Ferede se debería hacer un nuevo “convenio, pacto o acuerdo entre el Estado Español y el organismo representativo de la correspondiente religión que llegue a establecerlo de esa forma, sin que pueda la Administración, o algún Ministerio del Gobierno del momento establecerlo de forma unilateral”.

En este sentido, el Ministerio de Justicia ha explicado recientemente que espera avanzar en la presente legislatura para poner una casilla a otras siete confesiones con notorio arraigo en España: musulmanes, judíos, evangélicos, mormones, budistas, testigos de Jehová y ortodoxos.

"Al final de la anterior legislatura y casi como aproximación teórica, hice alguna gestión verbal con el Ministerio de Hacienda y lo que se dijo fue: 'puede ser una iniciativa interesante, cuando dejemos de estar en funciones, lo volvemos a hablar'. Hemos tardado mucho tiempo en dejar de estar en funciones pero ese es un tema a abordar, que está sobre la mesa", ha afirmado el director general de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones del Ministerio de Justicia, Javier Herrera García-Canturri.

El director ha achacado al largo periodo en que el Gobierno ha estado en funciones, el hecho de que aún no se haya avanzado en este tema, que era una reivindicación, especialmente, de los protestantes. "Un Gobierno privado de capacidad legislativa no puede entrar a modificar una norma como sería la normativa en materia del impuesto sobre la Renta", ha matizado.

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