A las tinieblas llaman luz, por eso igualan Inquisición y consistorio calvinista, no les ha amanecido
El fundamento del poder del pastor es la cooptación y refrendo de los feligreses, por lo que los ministros reformados se someten al mismo código de los laicos.
11 DE MAYO DE 2025 · 22:05

Con eso del apagón no deja de ser curioso el lema de algunos sitios de la Reforma: Post tenebras lux. Y no deja de ser curioso que para algunos editores y editoras de algunos libros no haya necesidad de post, pues al final todo es lo mismo.
Se trata de dar un tono académico a la vulgaridad de que si la Inquisición era muy mala, Calvino quemó a Servet. Y ya se sabe cómo lo hizo, lo cogió de los pelos y lo echó en una candela, pues ¡menudo era! A su lado, la Inquisición incluso no es tan inquisición.
Que Servet fuera juzgado por un tribunal civil, compuesto, además, por mayoría de enemigos de Calvino, especialmente su presidente. Que Servet suplicara no ser enviado a un tribunal católico, cosa que se le ofreció.
Que fuese Servet quien pidió en documento de papel y tinta que se matara a Calvino, y se le dieran la venta de sus pertenencias. Que Servet confirmara lo anterior, con igual papel y tinta, reconociendo que asumía el principio legal de Ginebra, el talión, donde si perdía aceptaba que se le aplicase a él lo que pidió para Calvino.
Que Calvino fuese el que instó al Consejo a que se conservaran las actas de todo el proceso, para tenerlas disponibles para cualquiera que quisiera verlas. Que esas actas están en castellano desde hace más de veinte años.. ¿A quién le importa?
Calvino quemó a Servet, y punto. A ver si nos vamos a complicar con cosas de investigación serias y rigurosas. Además, que lo dice una señora de recorrido amplio en redes, es que quemó a quinientos en veinte años. Cuando le tocó a Servet ya tenía gran pericia, pues lo hacia dos veces y pico cada mes.
Que ya lo dijo un prócer de las glorias hispanas, donde se ponga una buena novena a la virgen de Nomeacuerdocuál, que se quite el estudio de la filosofía (no es broma; por supuesto se refería a la filosofía no escolástica). Con esto, igual.
Donde se ponga una buena demagogia sobre Calvino, que se quite el estudio del caso. Servet era bonachón y tolerante, además español. Calvino, un inquisidor tiránico. Eso está demostrado. Lo que demuestra nuestro libro de Proverbios, sobre estas “demostraciones”, que aunque majes al necio en un mortero entre granos de trigo majados con el pisón…
El trabajo que aquí cito (Villacañas, 2025) demuestra lo que fue el calvinismo en sus diversas vivencias en lugares dispersos. Que pueda ser ahora, ya es otra cuestión, pero que lo que fue no lo pueden tragar, pues ahora es evidente.
En esas estamos. Por eso creo útil conversar algo más sobre cómo nuestro autor tiene que refutar, al final de su libro, la pretensión que aparece en otro libro que asume la igualación entre la Inquisición y el consistorio calvinista.
Se trata de un libro de lectura provechosa, con algunos artículos muy buenos, que precisamente dicen lo contrario de lo que pretenden decir los editores. La edición castellana (2020) me parece incluso más insidiosa en algunos detalles.
En la inglesa (2017) la portada incluye el título y un grabado de un tribunal inquisitorial, no del siglo XVI, por la indumentaria del reo. Pero el título simplemente dice Judging Faith, Punishing Sin. Inquisitions and Consistories in the Early Modern World (Algo así: Juzgando la fe, condenando el pecado. Inquisiciones y Consistorios en el mundo moderno.)
En la edición castellana la ilustración de cubierta incluye a todo espacio un detalle de un cuadro de Goya sobre un auto de fe de la Inquisición, con toda la simbología del poder de una sociedad inquisitorial sobre un reo.
Pegado al reo con coroza y sambenito aparece el título en grande Fe y castigo. Y debajo Inquisiciones y consistorios calvinistas [negritas mías] en el mundo moderno.
Eso, ya en la misma portada, aunque se quiera tintar de objetividad histórica no deja de ser una perversión. Ya se ve lo quieren los editores que se vea: a ese pobre condenado le hubiera pasado lo mismo en un consistorio calvinista. Pues ya se ve, hay que seguir luchando por la libertad, como hizo el calvinismo.
Aunque sea entre paréntesis. Uno de los que aportan en el libro sus investigaciones es el profesor Philippe Chareyre, de la universidad de Pau; que es uno de los artículos que desmiente la pretensión de los editores de igualar la Inquisición con el consistorio, y que recientemente ha explicado el caso del Consejo de los reyes de Navarra (Princes, conseils et réformations à la Renaissance. Politique et religion (Europe-Amériques). Álvaro Adot Lerga, Philippe Chareyre et Dénes Harai (éd.). Casa de Velázquez, 2025.)
No daré pistas, que cuando el mimbre está cocido cualquiera puede hacerse un cesto a la medida de todo lo que quiera meter en el mismo cesto, pero ya solo faltaba que nuestra reina Jeanne de Albret, porque tenía su “Consejo”, y como la monarquía hispánica tenia el suyo de la Suprema Inquisición, que era la Suprema, alguien diga que la reina calvinista también tenía un “consejo” igualado al de la Inquisición de la corona hispana.
Sobre la igualdad nada de nada, excepto que se quiera crear de la nada un mundo moral donde se iguale Inquisición y consistorio, que vaya moral. Sobre la diferencia entre Inquisición y consistorio calvinista, todo lo que se quiera ver de lo que hay.
“Debemos recordar que los poderes civiles de Ginebra eran representativos y venían organizados mediante procesos electorales. Esta legitimidad les daba una posición de libertad que no tenían los servidores de un rey patrimonial.
Así que todos los informes de archivo nos dicen que los ancianos, miembros de los consejos urbanos de Ginebra, participaban en los consistorios con todos los grados de implicación, derivados de su sentido de la libertad personal…
Eso significaba que los consejos religiosos estaban vinculados a los civiles por estos ancianos, pero que no obedecían a una burocracia unitaria ni a unos órdenes jerárquicos de obligado cumplimiento y de poder concentrado.
Por otro lado, los poderes religiosos también necesitaban del refrendo popular de los fieles. Esto vino posibilitado por el hecho de que el ministro reformado no es un hombre sagrado, como el sacerdote católico, ni está protegido por privilegio alguno.
En este sentido, el fundamento del poder del pastor es la cooptación y refrendo de los feligreses, por lo que los ministros reformados se someten al mismo código de los laicos y están obligados a la misma exigencia de evitar el escándalo…
Esto no sucede en el mundo católico, que tiene otro régimen de división de poderes. Para empezar, las dos jurisdicciones, civil y religiosa, dividen a la población de un modo radical, algo que no sucedía en la sociedad reformada…
Esto no sucedía en las sociedades reformadas, donde la unidad de derecho par toda la sociedad, y la dimensión de servicio público de la congregación religiosa pagada por la ciudad, impedía estos proyectos, pues limitaba de forma radical la estructura económica de la Iglesia.
Cuando se habla de división de poderes y de confesionalización se debe distinguir cómo se organizaba la economía de cada uno de los portadores de esos poderes…
No se ha escuchado que ningún tribunal de la inquisición, como sucedía a menudo en los consistorios, acabara sus sesiones ayudando materialmente al que se sentaba ante él y mejorando su vida cotidiana como condición de evitar el escándalo.
La finalidad del consistorio era la disciplina moral, porque la búsqueda de la verdad teológica estaba entregada a la Academia, a las asambleas de pastores, y a los debates teológicos y sínodos, los otros elementos centrales del poder religioso…
No se conoce de jueces de la inquisición que se sometieran a los mismos procedimientos a los que ellos sometían a las víctimas. Los jueces de la inquisición emprendían una carrera que garantizaba que jamás volverían a ser meros ciudadanos. Los ancianos del consistorio, volvían a ser ellos mismos ciudadanos normales, que podían ser examinados o exhortados por sus antiguos colegas.
El problema una vez más es el asunto central de la constitución social. En las sociedades católicas no existía la menor igualdad social básica, algo que en las sociedades urbanas en las que se instaura el movimiento reformado era más intenso y frecuente , y sobre todo, explícitamente buscado. Como es obvio, todo el proceso reformado intentó reforzar esa igualdad.”
Y aquí dejo las citas de nuestro autor. Se podría poner también los argumentos en favor de la defensa de la familia por los consistorios, que ya se sabe cómo igualaba eso la Inquisición, pues el reo manchaba a toda la familia por generaciones… O la simple y fundamental pregunta, si eran lo mismo, ¿cómo es que produjeron sociedades tan diferentes?.. Pero no les pongo más trigo, que ya se ha dicho, aunque majes al necio en el mortero con buen trigo no le sacas eso que tiene.
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