El BOE publica la ley pro LGBT catalana

Último trámite de la ley que impulsa derechos homosexuales. AEE y FEREDE consideran que pone en riesgo libertad de expresión y conciencia. Se hace público el texto final. 

Redacción PD

MADRID · 21 DE NOVIEMBRE DE 2014 · 09:30

Marcha pro LGBT. ,LGBT
Marcha pro LGBT.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba ayer día 20 de noviembre la “Ley para garantizar los derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales y para erradicar la homofobia, la bifobia y la transfobia”, aprobada en el Parlamento de Cataluña el pasado octubre.

Después de publicarse en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC, el equivalente catalán al BOE) el pasado 17 de octubre, se ha cumplido ahora la parte final del proceso con su publicación por parte del Estado.

El contenido de la ley protege de forma especial los derechos del colectivo homosexual y promueve la implantación de medidas “en todas las áreas de la vida social, todas las etapas de la vida” que favorezcan la “visibilización” de la identidad de género homosexual.

Fue aprobada por una una amplia mayoría del Parlament de Catalunya, con el voto a favor de CiU, ERC, PSC, IC-V, Ciutadans y CUP; y con el solo voto en contra del PP.

 

MOVIMIENTO LGBTI TENDRÁ RESPONSABILIDADES

La Ley crea un “Consejo Nacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transgéneros e Intersexuales” (Art.7), que estará adscrito al gobierno catalán y formado por “asociaciones que trabajen principalmente en favor de los derechos de las personas LGBTI y personas y profesionales que hayan destacado por su trabajo y su calidad de expertos en este ámbito”.

Este consejo, formado por líderes del lobby gay, seguirá de cerca el cumplimiento de la ley en la sociedad catalana.

 

PROMOCIÓN EN LA EDUCACIÓN

La ley tendrá efecto en la Educación (Art. 12), con impacto en “los contenidos de los materiales escolares, educativos y formativos, en cualquier formato”. La Generalitat deberá “velar porque las escuelas, los institutos y los otros centros educativos constituyan un entorno amable para la diversidad sexual y afectiva en el que alumnos y profesores puedan vivir de una manera natural su orientación sexual, identidad de género o expresión de género, y se contribuya así a la creación de modelos positivos para la comunidad educativa”.

La ley también impulsa iniciativas de promoción en la Universidad (Art.13) y en la Cultura (Art. 14) con “certámenes culturales, acontecimientos deportivos” además de “espectáculos y producciones culturales infantiles y juveniles”.

En las actividades de tiempo libre (como las impulsadas por asociaciones y entidades juveniles), se hará “promoción y difusión de las buenas prácticas (…) en relación con los principios de la presente ley”.

 

SEGUIMIENTO A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN

En cuanto a los medios de comunicación (Art. 15), sean públicos o privados, se velará que apliquen la ley, y que “los medios de comunicación traten con normalidad la diversidad de opciones afectivas y sexuales, de modelos diversos de familia y de identidad o expresión de género, de modo que se favorezca la visibilidad de referentes positivos”.

Se llega, incluso, a “realizar un seguimiento” de los medios que no ofrezcan un tratamiento favorable a la diversidad sexual, de lo que se podrá informar al Síndic de Greuges, al Parlamento de Cataluña y al Consejo LGBTI creado por esta ley.

Otras actuaciones de la Ley se dan en Salud (Art.16), en la Acción Social (Art.17), en el Mercado de Trabajo (Art. 20-21) y en la Familia (Art. 22).

 

ACUSADOS DE HOMOFOBIA DEBERÁN DEMOSTRAR SU INOCENCIA

Especialmente polémico es el Artículo 30 de la ley, que se refiere a la “Inversión de la carga de la prueba”.

El texto dice: “Cuando la parte actora o el interesado aleguen discriminación por razón de orientación sexual, identidad de género o expresión de  género y aporten indicios fundamentados de ello, corresponde a la parte demandada, o a quien se impute la situación discriminatoria, la aportación de una justificación objetiva y razonable, suficientemente probada, de las medidas adoptadas y de su proporcionalidad”.

Esta inversión de la carga de la prueba “no es aplicable a los procesos penales ni a los procedimientos administrativos sancionadores”, se clarifica.

La ley catalana fue presentada por sus defensores como un hito al tratarse de la primera a nivel mundial que especifica un “régimen de infracciones y sanciones” que pueden ser “leves, graves o muy graves”.

Puede leer o descargar de forma completa la “ley para garantizar los derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales y para erradicar la homofobia, la bifobia y la transfobia” aquí.

 

AEE: RIESGOS PARA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

La Alianza Evangélica Española ya hizo un análisis amplio del borrador de esta ley cuando estaba siendo discutida en el parlamento catalán.

En un documento que envió a todos los parlamentarios y grupos políticos catalanes representados en el Parlament se llegaba a la conclusión de que aunque la ley “se presenta como innovadora, supone un retroceso en las libertades cívicas y una amenaza a la democracia”, porque daba “un trato específicamente ventajoso para los LGBT en detrimento de derechos fundamentales de los demás”.

Ya en septiembre, y antes de ser aprobada, la AEE alertaba que el borrador era una “amenaza la igualdad” y “fomenta la intolerancia” al establecer “privilegios en el entorno educativo, laboral, sanitario o familiar, y promueve el control ideológico en los medios y promulga criterios de sanción que dan lugar a la arbitrariedad”.

En ámbitos como la Educación, la entidad evangélica temía el “adoctrinamiento en una forma específica de entender la sexualidad”, con una “una inaceptable intromisión de la ideología en la Universidad”.
 

‘SER MINORÍA NO DA DERECHO A PRIVILEGIOS’

La AEE recordaba: “Los protestantes sabemos lo que significa ser minoría perseguida por el poder y por la sociedad civil, y la democracia aún no ha normalizado la situación; comprendemos la persecución que muchas personas LGBT han sufrido en el pasado”.

“Pero en contraste, hoy los protestantes reclamamos igualdad de trato, no pretendemos beneficiarnos del victimismo para obtener nada que no se le conceda a los demás”.

Y se concluía: “A los protestantes este proyecto de ley no nos molesta porque amenace nuestra libertad para opinar sobre la conducta sexual y expresarlo en público, en los medios o en nuestras propias iglesias, sino porque amenaza la libertad de todos; o porque una minoría tenga más privilegios que nosotros, sino porque es profundamente antidemocrático que la administración, que a todos nos representa, prime a una minoría, sea la que sea (…). Nos molesta que la administración muestre debilidad ante esa presión y vulnere su compromiso de trato igualitario con todos los ciudadanos”.

Lea más sobre el documento de análisis de la AEE de septiembre aquí.

 

TRAS LA APROBACIÓN, NUEVOS COMUNICADOS

Una vez aprobada, la AEE volvía a expresarse en un nuevo comunicado en el que mostraba su decepción con los parlamentarios catalanes: “Nos ha defraudado el debate: el Parlament no se ha mostrado en esto mejor que otros parlamentos en los que la democracia languidece ahogada en los pactos de pasillo”.

La ley, opinaba la AEE, recordaba tiempos pasados, ya que “siguiendo la tradición oscurantista y antidemocrática, coloca sobre los disidentes la carga de la prueba, reintroduciendo la sospecha y la denuncia no fundamentada como instrumento político de represión de los disidentes, creando inseguridad jurídica incompatible con un sistema de libertades”.

“La ley además instaura el miedo en los que se atreven a disentir; otra vez arrincona la fe a la privacidad y amenaza a quien se atreva a expresarla en público”, concluía la AEE.
 

FEREDE: “PUEDE AFECTAR LIBERTAD IDEOLÓGICA”

Por su parte, FEREDE (la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España) también mostraba su preocupación por el régimen sancionador de la ley catalana.

Señalaba su preocupación ante el trato privilegiado para los LGBT en la contratación pública y privada, la promoción del ideario LGBT en la educación, el control mediático e intervención en la libertad de expresión.

Además, consideraba FEREDE, “este régimen sancionador puede afectar muy seriamente a la libertad ideológica, libertad de manifestación y expresión, libertad de prensa, y otras libertades que amparan la discrepancia (dentro del respeto y tolerancia) con los postulados (ideológicos) del colectivo LGBT”.

 

PROTECCIÓN A LAS IGLESIAS

La entidad concluía anunciando que está "trabajando para proponer a las iglesias diversas cláusulas estatutarias de salvaguarda de su identidad religiosa y carácter propio, así como de protección a sus creencias sin perjuicio, desde luego, del respeto de los derechos de otros y de las libertades reconocidas por la Constitución”.
 

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