¿Venta o donación de la vivienda habitual con 65 años?

Un tiempo para decidir con cabeza fiscal y corazón familiar.

08 DE ABRIL DE 2026
09:20 CEST
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Con la llegada de la campaña de la renta, una vez más, se abren debates que van más allá de simples números: se replantean decisiones patrimoniales que marcan el futuro económico de muchas familias.

Entre ellas, hay una muy especial para quienes han cumplido 65 años: ¿qué hacer con su vivienda habitual, ese activo que quizá han construido durante toda una vida?

La respuesta no es trivial, pero sí está en la normativa fiscal, que ofrece ventajas reales y relevantes tanto si se vende como si se dona. Y no se trata de pequeños trucos, sino de beneficios que pueden suponer una liberación de cargas fiscales si se sabe aplicar.

 

Venta de la vivienda habitual: exención fiscal clara

Generalmente, la venta de un inmueble genera una ganancia patrimonial que hay que declarar en el IRPF. Sin embargo, la ley hace una excepción nítida: si el transmitente tiene más de 65 años y la vivienda es su habitual, la ganancia queda completamente exenta.

No se exige reinvertir en otra propiedad, ni existe límite cuantitativo. La exención solo pide dos requisitos:

  • que el contribuyente tenga más de 65 años al transmitirse el inmueble,

  • que el inmueble haya sido la vivienda habitual, generalmente durante al menos tres años, salvo excepciones.

 

Donar la vivienda: la ventaja menos conocida

A menudo se piensa que solo la venta tiene beneficios fiscales. Pero la donación puede abrir una puerta igual de relevante. En circunstancias normales, donar una vivienda genera también una ganancia patrimonial en el donante, como si se hubiera vendido. Pero si el donante tiene más de 65 años y el bien es su vivienda habitual, esa ganancia queda exenta en el IRPF.

Esto posibilita una planificación patrimonial familiar muy interesante: transmitir la vivienda a hijos u otros familiares sin coste en el IRPF del donante. Una medida que puede disminuir de forma significativa la carga fiscal global de la operación.

Claro está que no todo es gratis: el beneficiario de la donación sí deberá tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y ahí entran en juego las particularidades de cada comunidad autónoma, lo que puede encarecer o simplificar la operación para quien recibe.

 

Planificación: la clave de todo

Estas ventajas existen, pero no se aplican de forma automática. Es imprescindible:

  • comprobar que realmente se cumplen los requisitos de vivienda habitual,

  • tener en cuenta posibles cambios de uso o residencia,

  • valorar si la operación encaja en una estrategia patrimonial más amplia.

En el caso de la donación, además, hay que ponderar no solo la fiscalidad sino también las implicaciones económicas y familiares, que a menudo pesan tanto o más que los números.

La campaña de la renta, por tanto, no debe verse solo como un trámite para presentar declaraciones: es una oportunidad para revisar decisiones patrimoniales que tienen impacto a medio y largo plazo. Quienes han cumplido 65 años cuentan con herramientas legales que permiten transmitir o reorganizar su patrimonio inmobiliario con una carga fiscal muy reducida o incluso inexistente en el IRPF.

Pero como siempre, la clave no está solo en conocer la norma, sino en saber cuándo y cómo aplicarla en la vida real.

 

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Publicado en: PROTESTANTE DIGITAL - Fiscalidad y legislación - ¿Venta o donación de la vivienda habitual con 65 años?