Financiación «inconstitucional» de la Iglesia Católica española

Lo afirma el catedrático de Derecho Público Alejandro Torres, autor de un exhaustivo estudio comparativo sobre la financiación religiosa en países europeos

MADRID · 14 DE FEBRERO DE 2011 · 23:00

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El modelo de financiación de la Iglesia Católica es “manifiestamente inconstitucional”, ya que vulnera el principio de aconfesionalidad del Estado al garantizar “por un período de tiempo indefinido” un sistema de financiación “con cargo a una minoración de los ingresos públicos en el I.R.P.F.”. Esta es una de las conclusiones a la que llega el catedrático Alejandro Torres tras examinar minuciosamente el panorama financiero europeo con respecto a las confesiones religiosas. El informe fue presentado en una conferencia del Foro de Europa Laica, celebrado en el Ateneo de Madrid. Torres explica cómo el sistema actual, que consiste en dar un porcentaje fijo del I.R.P.F. Del 0,7 a la Iglesia Católica, vulnera el derecho constitucional de igualdad de todos los ciudadanos ante el Estado. El informe aporta un ejemplo clarificador. Si los poderes públicos quieren construir una autopista, cuentan con el 100% de la cuota tributaria de los ciudadanos que no ponen la cruz a favor de la Iglesia Católica, pero sólo con el 99,3% de los impuestos que sí marquen la X a favor de la Iglesia Católica. “El 0,7% restante habrá ido directamente a financiar a una entidad que desde una paradójica perspectiva constitucional, no tiene carácter estatal (...) ¿Dónde queda la afirmación del artículo 31.1 de la Constitución Española, según el cual todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en el principio de igualdad?”, pregunta el autor. Otro aspecto destacado por el autor es que en los acuerdos de 1979 con la Iglesia Católica, ésta se comprometía a buscar progresivamente la autofinanciación (Acuerdos de 1979, artículo II.5) Sin embargo, al no marcarse plazos de ningún tipo, la Iglesia Católica no intenta concienciar a sus fieles de esta necesidad. “Ni el Estado ha recordado a la Iglesia este compromiso, en todo este tiempo, ni ésta se ha esforzado en mentalizar a sus fieles, para qué, cuando es el Estado quien paga”, concluye el informe. En cuanto al mantenimiento del sistema actual, firmado por el Gobierno socialista, el catedrático reivindica que “es manifiestamente inconstitucional por equiparar el derecho de libertad religiosa a un derecho prestación o un servicio público”. Una situación que en su opinión “empeoraría” si esta solución se extendiera a otras confesiones minoritarias que ahora mismo no gozan del mismo privilegio. LA FINANCIACIÓN EN CIFRAS El informe estudia las cantidades monetarias que recibió la Iglesia Católica en estos dos últimos años. Unos 280 millones son los que se asignarán en el próximo ejercicio, entre 10 y 20 más que en 2009. Según los cálculos de Torres, si cada católico practicante (hay ocho millones en España en teoría) pagara 30 euros anuales costearía el gasto que supone la Iglesia al erario público. En la comparación con Europa, España tiene donde seguir ejemplo. El paradigma es Francia, donde el Estado no sustenta mediante ayudas directas ningún culto porque se declara “incompetente para tomar parte y poder elegir entre unas u otras creencias filosóficas”. La única cooperación económica del Estado con las confesiones religiosas consiste en “permitir una reducida deducibilidad de las donaciones realizadas a las confesiones en el Impuesto de la Renta y de Sociedades”, apunta Torres. En Reino Unido y en Irlanda la Iglesia tampoco tiene dotación presupuestaria estatal alguna. El Gobierno sólo destina fondos públicos al “mantenimiento y conservación de los edificios de interés artístico en manos de las autoridades eclesiásticas”. Aun así, se estima que en torno al 90% de estos gastos “corren a cargo de las propias iglesias”, según el estudio. De todos modos, son pocos los países europeos cuyos estados no financian la Iglesia. La diferencia con España es que en Alemania, Austria, Dinamarca, Suecia o Finlandia, el dinero se ingresa mediante un impuesto eclesiástico ad hoc, que no aminora los ingresos del Estado. DISCRIMINADOS POR MINORITARIOS La situación de la financiación religiosa en España es uno de los asuntos recurrentes que los evangélicos presentan ante el Estado, esperando los pasos convenientes que conlleven un respeto a la Constitución y la superación del estado privilegiado de la religión mayoritaria, la Iglesia Católica, tiene en la actualidad. Al respecto de la última reforma, la Alianza Evangélica Española emitió un comunicado en el que explicaba su oposición a la “perpetuación de un mal modelo” de financiación. Para Alejandro Torres, las prestaciones concedidas a las religiones minoritarias por medio de la Fundación “Pluralismo y Convivencia” cae en una discriminación religiosa, de acuerdo con la Constitución, algo “difícilmente justificable”. El autor hace énfasis en que los receptores de estas subvenciones deben justificar el uso del dinero en proyectos culturales, educativos y de integración social, mientras que la Iglesia Católica puede utilizar el dinero para los fines que crea convenientes sin dar cuenta. El autor cree además que establecer un sistema de financiación tributaria para todas las confesiones no haría más que agravar el problema, ya que lo ideal es que las confesiones consigan mantenerse con las donaciones de sus fieles, algo que cuenta con “un generoso sistema de desgravaciones fiscales que favorecen” a aquellos que las hacen. Finalmente, Torres criticó que la “solución” dada al problema en 2007 fue un “cierre en falso” porque perpetúa la dependencia de la Iglesia Católica frente al Estado, en una especie de “pacto de caballeros que quiere olvidar la raíz del asunto”.

Publicado en: PROTESTANTE DIGITAL - ESPAÑA - Financiaci&oacute;n &laquo;inconstitucional&raquo; de la Iglesia Cat&oacute;lica espa&ntilde;ola