El Gobierno aprueba que la asignatura de Religión sea voluntaria, y con profesores de contrato indefinido

La asignatura de religión será voluntaria, quienes no la deseen tendrán una "debida atención educativa". Sus profesores serán contratados indefinidamente y la retirada de la declaración de idoneidad, que les conceden los responsables de cada confesión, habrá de ser "debidamente justificada" y "ajustarse a derecho".

MADRID · 27 DE AGOSTO DE 2007 · 22:00

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El Ministerio de Educación y Ciencia (MEC) informó hoy en un comunicado de los aspectos básicos de la regulación de esta materia, después de que responsables ministeriales y de la Conferencia Episcopal Española finalizaran esta mañana la ronda de consultas previas a la aprobación de los Reales Decretos de Enseñanzas Mínimas de Primaria y de Secundaria Obligatoria (ESO) y de profesorado de religión. El Ministerio precisa que la asignatura no será computable para la obtención de becas o el acceso a la Universidad. LA ASIGNATURA En Primaria, la asignatura sólo será de tipo confesional y quienes no la cursen tendrán la "debida atención educativa", según las actividades que determine cada centro educativo. En ESO, quienes elijan religión podrán optar, además de por una religión concreta (católica, evangélica, judía o islámica), por estudiar una asignatura de Historia y Cultura de las religiones. Para los que opten por no recibir clases de religión se mantendrá "la debida atención educativa". "Esta regulación garantiza -según el MEC- el derecho de los padres a elegir la educación que desean para sus hijos, ya que para aquellos que no deseen ninguna clase de formación religiosa los centros educativos establecerán las formas más adecuadas de proporcionarles la debida atención educativa mientras sus compañeros estudian religión". Esta formulación ha recibido el "visto bueno del Consejo de Estado" en el proyecto de Real Decreto de Primaria, recuerda el MEC. En ESO, se reduce la carga lectiva mínima de la Religión, que pasa de las 210 horas actuales a 175, mientras que se mantienen las 315 de Primaria. LOS PROFESORES El borrador de Real Decreto que regula la relación laboral de los Profesores de Religión indica que estos docentes serán contratados de manera "indefinida" y la extinción de sus contratos deberá estar "motivada conforme a derecho". Los profesores deberán cumplir los requisitos académicos exigibles a los demás profesores (poseer el título de Magisterio en Primaria o Licenciatura en Secundaria) y contar con la declaración de idoneidad o certificación equivalente de la confesión religiosa. El Ministerio, que cita explícitamente la religión católica, explica que si la confesión considerara necesario retirar la declaración de idoneidad al profesor, "la autoridad eclesiástica deberá comunicarlo a la administración educativa". "Y motivarla por escrito conforme a derecho -precisa la nota-, no siendo justificables motivos que conculquen derechos fundamentales básicos de las personas". Los profesores serán contratados de conformidad con el Estatuto de los Trabajadores y accederán al destino de conformidad con los criterios objetivos que se estimen adecuados por la administración educativa competente. Para ello, se valorará la experiencia docente como profesor de religión, las titulaciones académicas, de modo preferente las más afines a la enseñanza de religión, y los cursos de formación y perfeccionamiento realizados que estén relacionados con la didáctica, la organización escolar o análoga, de modo preferente, los más afines a la materia que impartan.

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